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Construcción
Migración y Visas

INMIGRACÍON Y VISAS PARA INGRESAR Y RESIDIR EN PANAMÁ

El Decreto Ley 16 (de 1960) regula lo relativo a la inmigración y el status de los extranjeros en Panamá.

Bajo esta ley, sus enmiendas y regulaciones, los extranjeros que ingresen a Panamá se clasificarán como:

Turistas

Transeúntes

Viajeros en tránsito

Viajeros en tránsito directo

Visitantes temporales (Visas Especiales) e

Inmigrantes (Programas de Migración)

Hemos preparado una breve descripción de cada una de las categorías arriba mencionadas,  y, donde sea necesario, los requisitos para clasificar en esas categorías.  

Nota:  Todos los documentos que sean expedidos en el extranjero, deberán presentarse debidamente autenticados por la Embajada o Consulado de Panamá en el país que los expidió y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.

Preparado por Beth Anne Gray J. & Roberto Ríos

 

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